Escolares tendrán actividad física obligatoriamente todos los días: ¿desde cuándo rige la medida?
En noviembre de 2025, el Gobierno chileno promulgó la ley que garantiza al menos 60 minutos diarios de actividad física en escuelas del país. La iniciativa busca combatir la inactividad física, especialmente en mujeres, personas menos educadas y en áreas urbanas, donde Chile enfrenta altos índices de sobrepeso y obesidad infantil. La Ley 21.778 obliga a establecimientos de educación parvularia, básica y media, tanto públicos como privados, a implementar juegos activos y deporte. La normativa entrará en vigor de manera gradual a partir de 2027, con una etapa inicial para parvularia hasta cuarto básico y una segunda fase para completar hasta cuarto medio en 2028. Los 60 minutos de actividad no podrán sustituir las clases de Educación Física y se fomentará la inclusión de niños con discapacidades en las actividades deportivas.
En noviembre de 2025, el Gobierno promulgó la ley que promueve al menos 60 minutos de actividad física en establecimientos educacionales del país.
Se trata de una iniciativa que busca invertir los índices de inactividad física que tiene nuestro país, que son más altos en mujeres, personas con menor nivel educativo y zonas urbanas. Asimismo, Chile enfrenta desafíos significativos de sobrepeso y obesidad infantil, explica el Ministerio de Salud.
Con ese contexto, la Ley 21.778 tiene el objetivo de “fomentar el hábito de una vida activa y saludable” mediante 60 minutos obligatorios de juegos activos, en el caso de la educación parvularia, y de actividad física y deporte, en básica y media.
La medida aplicará a establecimientos de educación parvularia, básica y media, tanto públicos como privados.
¿Cuándo entra en vigencia la ley que obliga a hacer actividad física en colegios?
Uno de los desafíos que trae a la mesa la implementación de la normativa está ligado a la disponibilidad de prendas para realizar actividad física cada día de la semana escolar. Por suerte, los padres tendrán tiempo para prepararse.
La ley sostiene que su implementación ocurrirá al año subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial, es decir, en 2027. Además, indica que se aplicará de forma gradual, “en dos etapas de un año cada una”.
La primera de ellas entrará en vigencia en 2027 y abarcará a los niveles de educación parvularia a cuarto básico. La segunda etapa se aplicará en 2028 y completará los cursos de quinto básico a cuarto medio.
¿Cómo se ejercerá la ley?
La normativa menciona en su Artículo 6 que los 60 minutos obligatorios no podrán conmutarse por las clases de Educación Física, por lo que se trata de una actividad complementaria.
También considera una “integración pedagógica a través de metodologías activas en otras asignaturas, recreos y transporte escolar”, sostiene el Minsal.
Un elemento clave de la ley está ligado a la inclusión, tanto en áreas como la vestimenta y la práctica deportiva.
Sobre esa línea, menciona que los establecimientos deberán velar porque todos los niños y adolescentes participen de las actividades. “En ningún caso la enfermedad, discapacidad o cualquier otro motivo de los establecidos en el artículo 2º de la ley Nº 20.609, que establece medidas contra la discriminación, será razón suficiente para que el establecimiento educacional determine excluir a un niño, niña o adolescente de participar”, apunta.
En ese sentido, indica que los colegios deberán promover la adopción de medidas de accesibilidad para que “niños, niñas y adolescentes con discapacidad, en el espectro autista o que presentan necesidades educativas especiales, participen en las actividades señaladas en la presente ley, y tengan acceso a instalaciones deportivas y recreativas en igualdad de condiciones que las demás personas”.