Petorca: Contraloría acredita que exalcalde intervino para contratar al tío de sus hijos en municipio
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Petorca: Contraloría acredita que exalcalde intervino para contratar al tío de sus hijos en municipio

La Contraloría General de la República aprobó un sumario administrativo en la Municipalidad de Petorca y determinó la responsabilidad del exalcalde Ignacio Villalobos Henríquez por vulnerar el principio de probidad al intervenir en la designación del tío de sus hijos como director de Control suplente, a pesar de un conflicto de interés por el vínculo familiar. La Contraloría concluyó que debió abstenerse de participar en el proceso. También se estableció responsabilidad para la directora de Administración y Finanzas, con multa y anotación de demérito, mientras que otros funcionarios no serán sancionados.

La Contraloría General de la República (CGR) aprobó el sumario administrativo instruido en la Municipalidad de Petorca y determinó responsabilidad del exalcalde Ignacio Villalobos Henríquez por vulnerar el principio de probidad, tras intervenir en la designación del tío de sus hijos como director de Control suplente.

Exalcalde intervino en nombramiento del tío de sus hijos

Si bien no existía un parentesco legal directo entre ambos, el informe establece que el exalcalde tiene dos hijos con la hermana del funcionario designado, lo que configura un vínculo familiar objetivo.

En ese contexto, Contraloría concluyó que la autoridad debió abstenerse de intervenir en el proceso.

“Sí existe una vinculación familiar derivada del parentesco directo de este último con los hijos del primero, la cual constituye una circunstancia objetiva que previsiblemente le resta imparcialidad”, señala la resolución.

El órgano contralor enfatizó que el deber de abstención no solo opera ante inhabilidades expresamente tipificadas por parentesco, sino también cuando exista “cualquier circunstancia que le reste imparcialidad”, conforme al artículo 62 N°6 de la Ley 18.575.

De esta forma, se tuvo por acreditada la responsabilidad administrativa de Villalobos por infringir gravemente el principio de probidad administrativa.

Defensa alegó inexistencia de parentesco legal

Además, argumentó que la decisión fue adoptada por el Concejo Municipal y no de manera unilateral.

Sin embargo, la Contraloría desestimó esos argumentos, señalando que el reproche no se centró en la legalidad formal del nombramiento, sino en su intervención en una decisión donde concurría un conflicto de interés, aunque este fuera potencial.

Multa para directora de Administración y Finanzas

La resolución también estableció responsabilidad administrativa para la directora de Administración y Finanzas del municipio, Leticia Barraza Sazo, por haber visado el decreto alcaldicio sin representar el conflicto de intereses que afectaba al alcalde.

Contraloría propuso aplicarle una multa equivalente al 10% de su remuneración mensual, además de una anotación de demérito en su hoja de vida funcionaria.

El organismo descartó las alegaciones de la funcionaria respecto de que sus siglas en el decreto no implicaban visación, indicando que, dada su calidad de encargada de personal, debía advertir cualquier situación que comprometiera la probidad administrativa.

Otros funcionarios no serán sancionados

Respecto del exadministrador municipal, Javier Rodríguez Valenzuela, tampoco se perseguirá responsabilidad, debido a que cesó en sus funciones antes del inicio del sumario, encontrándose extinguida cualquier eventual acción disciplinaria.

Finalmente, la Contraloría ordenó remitir los antecedentes al Concejo Municipal de Petorca para los efectos legales correspondientes y exigió informar dentro de 10 días hábiles la decisión definitiva que adopte el municipio respecto de la sanción propuesta.

La resolución concluye que la conducta del exalcalde “infringió gravemente el principio de probidad”, al no abstenerse en una designación que lo involucraba directamente desde el punto de vista familiar, aun cuando no existiera parentesco legal en los términos estrictos de la ley.

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