Precio por Unidad de Medida: Sernac recuerda exigencia que ayuda a comparar precios por kilo o litro
Se trata de una exigencia que lleva vigente cinco meses, pero que todavía puede dar lugar a dudas tanto entre los consumidores como en empresas y pymes.
Por ello, es que el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) recordó los alcances de la disposición, a qué productos afecta y las multas a las que se pueden ver expuestas las empresas.
Donde no aplica es en el caso de las microempresas, como los almacenes de barrios.
La disposición del PPUM aplica a todos los productos -como abarrotes, hogar, artículos y alimentos para mascotas, cuidado personal y cuidado personal para bebés- “cuyos envases o envoltorios indiquen una unidad de medida determinada, por ejemplo, en kilos, gramos, litro, mililitro, área como metro cuadrado, largo como metro o centímetros, entre otras”.
Así, los proveedores también están obligados a usar la misma unidad de medida en los productos que sean del mismo tipo. También se incluyen aquellos productos formados por unidades o piezas de idéntica naturaleza en un mismo envase —como pañales o toallas higiénicas—.
Excepciones a todas estas reglas son los productos vendidos mediante máquinas expendedoras o de venta automática; al igual que los vendidos en porciones -como helados o pasteles-, junto con aquellos bajo normativas sectoriales -medicamentos-, y platos o comidas de consumo inmediato.
Por último, las empresas arriesgan multas de hasta 300 UTM, alrededor de unos $21 millones, en caso de que una fiscalización del Sernac arroje un incumplimiento de las disposiciones señaladas.