Poder Judicial detalla nueva condena de 10 años de cárcel para Hugo Bustamante por doble homicidio
Hugo Bustamante Pérez, condenado por dos homicidios en Villa Alemana en 1996, recibe sentencia de 10 años y un día de cárcel efectiva. Los crímenes ocurrieron tras disputas por dinero, donde asesinó a Eduardo Páez y a Elena Hinojosa. Amarró los cuerpos con alambre y los arrojó a un pozo. La pena se debe a la aplicación de normas antiguas que permiten una única sanción por múltiples delitos.
El Poder Judicial entregó detalles de la nueva sentencia que recibió Hugo Bustamante Pérez en calidad de autor de dos delitos de homicidio calificado en contra de una madre y un hijo en junio de 1996 en Villa Alemana, en la región de Valparaíso. Por estos hechos que el propio condenado reveló en una entrevista, recibió 10 años y un día de presidio efectivo.
Junto con la pena de cárcel, el asesino de Ámbar Cornejo, cuyo caso remeció al país, también recibió las accesorias de inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos y oficios públicos, derechos políticos y la inhabilidad absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Amarró cuerpos de víctimas con alambre
Posterior a eso, a la misma vivienda acudió Elena Hinojosa Cena, madre de la primera víctima, donde también abordaron temas de dinero sin lograr un acuerdo. En medio de eso, la mujer se abalanzó contra Bustamante con una tijera en la mano, procediendo este a tomarla por el cuello y asfixiarla, causando su muerte.
Ya con las dos personas muertas, el condenado procedió a amarrar los cuerpos con alambres y cubrirlos con una frazada para luego arrojarlos a un pozo que estaba en el domicilio y que luego tapó con tierra.
¿Por qué 10 años de cárcel?
No obstante, el Código de Procedimiento Penal, que era el sistema vigente cuando ocurrieron los hechos, dispone que “en los casos de reiteración de crímenes o simples delitos de una misma especie, se impondrá la pena correspondiente a las diversas infracciones, estimadas como un solo delito, aumentándola en uno, dos o tres grados”.
Esto permite al tribunal “aplicar una única pena, la que puede ser aumentada en uno, dos o tres grados, y que en el presente caso, considerando los antecedentes que se han tenido a la vista, se aumentará en un grado, quedando en presidio mayor en su grado medio, y considerando su rango inferior, se considera la aplicación de la norma analizada como más beneficiosa para el encartado”, se especifica en la resolución.
“Por lo tanto, teniendo en consideración la pena en abstracto con la cual se sancionaba al homicidio calificado a la fecha de los hechos, la aplicación del artículo 103 del Código Penal, que se trata de dos delitos de homicidio calificado, aplicándose, por tanto, la pena única de presidio mayor en su grado medio, cuyo rango va desde diez años y un día a quince años, y considerando lo dispuesto en el artículo 69 del Código Penal, la única pena en concreto que se aplicará a Bustamante Pérez será de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio”, se lee en el escrito.
Asimismo, se enfatizó que, conforme a la pena impuesta a Bustamante, no procede la concesión de penas sustitutivas, por lo que el cumplimiento deberá hacerse de manera efectiva.