Corte de Santiago pone punto final al caso Gatica y por unanimidad deja firme el fallo que absolvió a Claudio Crespo
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Corte de Santiago pone punto final al caso Gatica y por unanimidad deja firme el fallo que absolvió a Claudio Crespo

La sentencia fue despachada con el voto favorable de la ministra Romy Rutherford, el ministro Patricio Martínez y el abogado integrante Sebastián Llantén. Con la resolución se rechazaron los recursos de nulidad y se confirmó el juicio absolutorio.

La tarde de este lunes, la Corte de Apelaciones de Santiago despachó el fallo respecto al recurso de nulidad que había presentado la Fiscalía Metropolitana Centro Norte para impugnar el juicio que absolvió al exteniente de Carabineros Claudio Crespo.

Finalmente, la corte de manera unánime rechazó el recurso y confirmó la absolución establecida en el juicio de enero pasado. La sentencia fue redactada por la ministra Romy Rutherford, en una sala integrada además por el ministro Patricio Martínez y el abogado integrante Sebastián Llantén.

Tras la lectura de la sentencia por parte de la corte, la persecutora de la Fiscalía Centro Nort,e Ximena Chong, señaló que la resolución “no satisface los intereses de la Fiscalía”.

“Nosotros habíamos recurrido a nulidad en el entendido de que la sentencia tenía vicios. Evidentemente respetamos esta decisión y nos quedamos con, al menos, que la decisión del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal desestimó la tesis principal de la defensa del acusado, señor Claudio Crespo, en el sentido de que él no era el autor", añadió al respecto.

Así las cosas, la decisión respecto a la petición de nulidad no resulta apelable, aunque según Chong igual esperan conocer los antecedentes y justificaciones por parte del tribunal para la decisión.

“Eventualmente podrían surgir recursos de queja que no son recursos propiamente de instancia que impliquen algún tipo de modificación en la decisión. Vamos a estudiarlo obviamente para poder conocer cuáles son los antecedentes y las justificaciones en virtud de las cuales la sala de la ilustrísima Corte de Apelaciones rechazó los recursos presentados por las partes acusadas”, explicó Chong.

El exteniente de Carabineros fue acusado y enfrentó un mediático juicio por el presunto delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves en contra del ahora diputado Gustavo Gatica.

La investigación de la Fiscalía, en un inicio, había establecido que Crespo fue responsable del disparo que cegó al entonces estudiante de Psicología durante una de las manifestaciones desarrolladas el 8 de noviembre de 2019.

Sin embargo, el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago terminó por absolver a Crespo, al considerar que el acusado si bien había sido el autor del disparo que dejó ciego al actual diputado Gatica, el exuniformado había actuado en legítima defensa debido a las violentas manifestaciones qe estaban ocurriendo ese día en pleno estallido social. El fallo de primera instancia, a su vez, hizo mención a la Ley Naín-Retamal para complementar sus argumentaciones. En base a esto, se argumentó que el exteniente de Carabineros actuó bajo la figura de la legítima defensa privilegiada.

La sentencia del tribunal de alzada capitalino fue contundente y rechazó cada uno de los planteamientos realizados en los recursos presentados tanto por la Fiscalía Centro Norte como por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH).

En el texto del fallo, por ejemplo, los ministros descartan que haya constituido un vicio de nulidad el hecho de que el tribunal oral haya considerando el contexto violento de las manifestaciones el día de los hechos, o que incluso no se haya especificado quiénes estaba cometiendo los ataques contra la fuerza policial, que fue el antecedente que habría justificado el actuar de Crespo. Incluso se desechó que fuera relevante que el tribunal no señalara que Gatica participó de esos ataques.

A juicio de la corte el grueso está en que finalmente se cumplieron todos los requisitos que amparan el ejercicio de la legítima defensa.

“(Los jueces del grado) lo que desarrollan es un análisis del escenario operativo existente al momento de los hechos y de la situación de riesgo que, según estiman acreditada, enfrentaba el personal policial desplegado en el procedimiento. Es sobre esa base que examinan la concurrencia de los requisitos de la legítima defensa, explicitando las razones por las cuales consideran que la agresión ilegítima se proyectaba respecto del grupo de funcionarios que intervenía en dicho operativo”, se lee en uno de los considerandos del fallo.

La defensa de Crespo valoró la sentencia. “Este fallo unánime de la Corte de Apelaciones de Santiago pone un punto final a la última de cinco causas que la Fiscalía dirigió contra el comandante Crespo. La justicia determinó que la defensa estaba en lo correcto y que fue injustamente perseguido durante seis años. Fue un trabajo de equipo junto a colegas y peritos que hicieron un trabajo extraordinario. Estamos muy contentos”, afirmó su defensor, Pedro Orthusteguy.

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