Por incumplir "deberes de cuidado y diligencia": CMF aplica multa a LarrainVial en el marco del caso Factop
economia

Por incumplir "deberes de cuidado y diligencia": CMF aplica multa a LarrainVial en el marco del caso Factop

La

Comisión para el Mercado Financiero (CMF) resolvió sancionar a LarrainVial Asset Management Administradora General de Fondos S.A

. por incumplimientos a sus deberes de "cuidado y diligencia" en la administración del Fondo de Inversión LarrainVial Facturas, en el marco de la investigación derivada del caso Factop.

Según informó este viernes el regulador, la administradora incumplió el artículo 17 de la Ley Única de Fondos al fallar en la evaluación y selección de Factop como empresa para realizar inversiones en facturas, lo que derivó en una sanción de 600 UF, equivalente a

La CMF también concluyó que la administradora infringió el artículo 18 de la misma normativa al no informar oportunamente a los aportantes del Fondo de Inversión LarrainVial Facturas ni al público sobre el deterioro del valor cuota provocado por la exposición indirecta del fondo, a través del FIP Facturas Nacionales, a facturas relacionadas con Factop.

Asimismo, el organismo determinó que LarrainVial no realizó una evaluación periódica del deterioro del valor cuota del FIP Facturas Nacionales, situación que terminó afectando al Fondo de Inversión LarrainVial Facturas, que era su único aportante.

Con esta resolución, el regulador dio por acreditados incumplimientos en las obligaciones de supervisión, evaluación e información que recaen sobre la administradora de fondos, imponiendo una multa de 600 UF.

Cinco bancos son multados por incumplir ley sobre deudores de pensión de alimentos

En una decisión separada, la CMF informó que su consejo sancionó a cinco bancos por otorgar créditos a personas inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos sin cumplir las exigencias establecidas en la Ley N°14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias.

Las multas aplicadas suman 1.317,21 UF, equivalente a $53.754.615. La mayor sanción recayó en

Banco del Estado de Chile fue multado con 272,26 UF

Banco Ripley recibió una sanción de 208,81 UF y Banco Internacional otra de 109,64 UF.

Las sanciones fueron impuestas tras procesos de fiscalización desarrollados por el regulador, que detectaron incumplimientos a la normativa que obliga a las entidades financieras a adoptar resguardos cuando los solicitantes de créditos figuran en el registro de deudores de pensiones alimenticias.

← Volver a noticias